Es una Declaración
informativa exigida anualmente por la SUNAT a las personas naturales,
sociedades conyugales y sucesiones indivisas domiciliadas o no en el país,
inscritas o no en el RUC, la que tiene por finalidad conocer la variación de la
propiedad de sus predios al 31 de diciembre de cada ejercicio gravable y
permita a la SUNAT determinar con mayor certeza el impuesto a la renta que
estos patrimonios puedan generar y realizar otras acciones de control en sus
programas de fiscalización.
El concepto de
predio abarca cualquier tipo de terreno rústico o urbano, casa, departamento,
cochera o depósito.
02. Obligados
a presentar la Declaración de Predios
Todas las personas naturales,
sociedades conyugales y sucesiones indivisas domiciliadas o no en el país,
inscritas o no en el RUC, que al 31 de diciembre de cada ejercicio sean
propietarias de:
- Mínimo de dos o
más predios cuya suma del valor de sus autoavalúos, superen los S/.
150,000 (ciento cincuenta mil Nuevos Soles),
- Dos o más predios
que fueron cedidos para ser destinados a cualquier actividad económica, o
- Un único predio
de valor mayor a S/. 150,000 (ciento cincuenta mil Nuevos Soles), que
hubiera sido subdividido y/o ampliado para cederlo a terceros, siempre que
las subdivisiones y/o ampliaciones no hayan sido independizadas en
Registros Públicos.
Para efectos del cómputo del
valor del predio a considerar en esta declaración anual de predios, se
considera el último autoavalúo considerado para el impuesto predial que le haya
sido cursado o notificado por cada Municipalidad distrital o provincial.
03. Personas no obligadas
a presentar la Declaración de Predios
Las personas
naturales que al 31 de diciembre de cada año:
- Sean propietarias únicamente de hasta tres predios comprendidos en el
régimen de propiedad exclusiva y de propiedad común siempre que sean
destinados uno a vivienda, otro a cochera y el tercero a depósito y se
encuentren ubicados en una misma edificación.
- Tampoco están obligados los cónyuges con régimen de separación
de bienes patrimoniales que sean propietarios entre los dos, de
hasta tres predios con iguales características a los señalados en el
párrafo anterior.
Las sociedades
conyugales efectúan el cómputo del número de sus predios y la
valorización de los mismos, considerando los predios de la sociedad conyugal
más los predios propios de cada cónyuge y la presentación de la Declaración la
puede hacer cualquiera de ellos o quien represente a la sociedad conyugal. Esto
es cuando existe la llamada sociedad de gananciales.
Situación distinta
es el caso de la sociedad conyugal con separación de patrimonios, en la cual
cada cónyuge declara en forma independiente sus predios.
04. Medios
para presentar la Declaración de Predios
Esta
declaración se presenta a través de medios virtuales, siempre que los
declarantes tengan número de RUC.
Las
personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que tengan
hasta veinte (20) predios, presentarán la Declaración de Predios utilizando el Formulario
Virtual N° 1630 o el PDT PREDIOS
N° 3530.
En caso
tengan más de veinte (20) predios, presentarán la Declaración de Predios
utilizando obligatoriamente el PDT
PREDIOS N° 3530. Si el declarante con más de 20
predios cuenta con N° de RUC enviará el PDT PREDIOS N° 3530 a través de
SUNAT Operaciones en Línea, utilizando su Clave SOL. En cambio, si no cuenta
con número de RUC, generará su declaración usando el el PDT N° 3530 y luego la
presentará mediante un USB o CD, con el archivo correspondiente, ante las
dependencias de la SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente de su
jurisdicción según corresponda.
Vencimiento
de la Declaración
La SUNAT
ha fijado un cronograma definitivo de presentación de la declaración, a partir
de la Declaración del año 2015 hacia adelante, de acuerdo al siguiente
cronograma:
Último digito del RUC o Documento de
identidad
|
Fecha de vencimiento
|
9 y 8
|
Primer día hábil de junio
|
7 y 6
|
Segundo día hábil de junio
|
5 y 4
|
Tercer día hábil de junio
|
3 y 2
|
Cuarto día hábil de junio
|
1 y 0
|
Quinto día hábil de junio
|
05. Cronograma
de vencimientos - Predios
Cronograma para presentar la
Declaración de Predios 2016 que se presenta en junio 2017:
Los plazos para la presentación
de la Declaración de Predios, correspondiente al ejercicio 2016, se detallan en
el siguiente cronograma
ÚLTIMO DÍGITO DEL NÚMERO DE RUC O DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD
|
FECHA DE VENCIMIENTO
|
9 y 8 ó una letra
|
1 de junio de 2017
|
7 y 6
|
2 de junio de 2017
|
5 y 4
|
5 de junio de 2017
|
3 y 2
|
6 de junio de 2017
|
1 y 0
|
7 de junio de 2017
|