Descuento por día no laborado
Para responder esta pregunta, revisemos el articulo 2 del Decreto Supremo 012-92-TR:
En caso de inasistencia de los trabajadores remunerados por quincena o mensualmente, el descuento proporcional del día de descanso semanal se efectúa dividendo la remuneración ordinaria percibida en el mes o quincena entre treinta (30) o quince (15) días, respectivamente.
El resultado es el valor día. El descuento proporcional es igual a un treintavo o quinceavo de dicho valor, respectivamente.
Este articulo menciona frases muy interesante: “Descuento proporcional del día de descanso semanal”, “ Como descontar un día de trabajo”, “Descuento por faltas injustificadas” y “ Descuentos por tardanzas”, “ Faltas injustificadas al trabajo”.
Esto significa que adicionalmente al descuento por el el día no asistido se debe descontar parte del descanso semanal.
Descuento por Inasistencia al Trabajo
Segundo Pablo labora para la empresa SERRAMON SA, con una remuneración mensual de S/ 3,500 soles. En el mes de Mayo tuvo 3 faltas. ¿Calcular el descuento por las inasistencias al trabajo?Vamos a realizar los cálculos en dos partes:
Descuentos por días no laborados:
• Sueldo Mensual: S/. 3,500
• Sueldo Diario: 3,500/30 = S/. 116.67
• Descuento por 2 días no laborados: S/. 350.01
• Sueldo Diario: 3,500/30 = S/. 116.67
• Descuento por 2 días no laborados: S/. 350.01
Descuento proporcional del día descanso semanal:
• Remuneración valor día: S/. 116.67
• Treintavo: 116.67/30 = S/. 3.89
• Descuento por 3 días no laborados: S/. 11.67
Descuento Total: 350.01 + 11.67 = S/. 361.68